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El certificado de eficiencia energética, ¿qué es y quién lo paga?
El certificado de eficiencia energética es un documento legal que clasifica la eficiencia de un edificio, vivienda o local en una escala de la A a la G y que es obligatorio cada vez que se vende o se alquila. Aunque el propietario es quien debe encargarlo, en el caso de comunidades de vecinos suele ser la comunidad la que asume la gestión del certificado del edificio completo o de las partes comunes.
El responsable de obtener, conservar y renovar el certificado es siempre el propietario o la comunidad de propietarios, y debe presentarlo ante la Comunidad de Madrid en el plazo y forma establecidos por la normativa vigente.

Qué profesional puede firmar el certificado
Siguiendo las normas estatales, el certificado de eficiencia energética debe ser suscrito por un técnico competente, es decir, por un profesional que posea la titulación académica y la habilitación legal para la redacción de proyectos de edificación, la dirección de obras o la realización de proyectos de instalaciones térmicas.
En la práctica, entre los perfiles habituales que pueden emitir el certificado se encuentran arquitectos, arquitectos técnicos o aparejadores, ingenieros e ingenieros técnicos relacionados con la edificación, siempre que actúen dentro de su campo de competencias y en conformidad con la Ley de Ordenación de la Edificación y el Real Decreto de certificación energética.
Responsabilidades del técnico y de la comunidad
El técnico competente no solo visitará el edificio, sino que elaborará un informe basado en mediciones, planos y cálculos que respaldan la calificación final. El certificado se emitirá en formato electrónico y, en su caso, se inscribirá en el registro de la Comunidad de Madrid.
La comunidad de propietarios debe garantizar que el técnico contratado está debidamente cualificado y que el certificado está vigente cuando se produzca cualquier operación de venta, alquiler o reforma importante, ya que un informe incorrecto, caducado o firmado por un profesional no habilitado puede implicar problemas legales y comerciales.
Qué debe mirar una comunidad de vecinos de Madrid
Al encargar un certificado de eficiencia energética, la comunidad de vecinos debe revisar que el técnico cuente con la titulación requerida, que el informe incluya la escala de calificación, un resumen de las características del edificio y la lista de recomendaciones de mejora, y que se entregue el certificado en formato oficial y sujeto al registro pertinente.
Desde Madrid‑Dos, como administradores de fincas colegiados, facilitamos la gestión de estos procesos: acompañamos a la comunidad en la selección de técnicos competentes, revisamos que el certificado cumple con la normativa y lo integramos en el plan global de mejora energética del edificio para que la comunidad gane en eficiencia, ahorro y valor patrimonial.












